A partir del ejercicio de 2022, los Tribunales de la Ciudad de México declararon inconstitucional el impuesto sobre adquisición de inmuebles en esta ciudad, por lo que actualmente es posible solicitar la devolución del mencionado impuesto a través de un juicio de amparo.
Al respecto, cabe mencionar que los Tribunales declararon la inconstitucionalidad del impuesto, ya que el mismo viola la garantía de proporcionalidad tributaria al no existir una progresividad en la tarifa aplicable a los sujetos obligados al pago del impuesto, situación que continúa en la legislación vigente para el ejercicio de 2024.
El impuesto sobre adquisición de inmuebles es aquel previsto en el Código Fiscal de la Ciudad de México, aplicable a las personas físicas y las morales que adquieran inmuebles que consistan en el suelo, en las construcciones o en el suelo y las construcciones adheridas a él ubicados en la Ciudad de México, así como los derechos relacionados con los mismos, el cual puede ascender alrededor de un 5% de la operación de compraventa, donación, y en general del monto en que se valúe el inmueble.
Es importante mencionar que para impugnar este impuesto y lograr su devolución, se debe promover un amparo dentro de los 15 días hábiles siguientes, al día en que el contribuyente efectúe el entero del tributo al notario correspondiente o que le sea expedido el comprobante que ampare el pago del impuesto.
En DURABERRA, quedamos a sus órdenes para asesorarlos con relación a la impugnación de este impuesto.