AMPARO CONTRA RESTRICCIÓN TEMPORAL DEL USO DEL CERTIFICADO DE SELLOS DIGITALES.

Autor

Agustín Durán Becerra

Categoría

Fecha

August 17, 2024

El artículo 17-H Bis del CFF, establece varios supuestos para la restricción temporal del uso del certificado de sello digital para la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, lo cual genera graves afectaciones a la operación de las empresas.

Al respecto, si bien el propio artículo antes mencionado establece la posibilidad de que los contribuyentes presenten un caso de aclaración para subsanar las irregularidades detectadas por la autoridad fiscal, y que la simple presentación del caso de aclaración permite el uso del certificado de sello digital hasta en tanto se resuelva el caso de aclaración, la autoridad ha sido omisa en restablecer el uso del certificado, por lo que inclusive agotado el procedimiento de aclaración, ha sido una práctica común que se cancele el sello con las graves consecuencias que ello conlleva.

En atención a dicha situación, recientemente fue publicada una tesis por parte de los Tribunales del Poder Judicial de la Federación, a través de la cual, en estos casos reconoce que es posible otorgar la suspensión provisional a efecto de restablecer temporalmente el uso del certificado de sello digital, hasta en tanto la autoridad resuelva la aclaración presentada por el contribuyente en contra de la restricción temporal del uso del mencionado certificado.

Consideramos que todos aquellos contribuyentes que se encuentren en esta situación pueden promover los medios de defensa correspondientes y así restablecer el uso del certificado de sello digital, hasta en tanto la autoridad resuelva el caso de aclaración promovido, evitando con ello malas prácticas por parte de la autoridad fiscal.

Es importante mencionar, que los contribuyentes solo cuentan con 15 días hábiles para promover un amparo, a partir de que la sean restringidos los sellos o le sea notificado el oficio correspondiente.

En DURABERRA, quedamos a sus órdenes para asesorarlos con relación a la promoción de los medios de defensa respectivos.

Contacto:

L.D. Agustín Durán Becerra

Correo: aduran@dube.com.mx

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